Skip to content
← Volver al Centro de Formularios
Directorio de Formularios de Inmigración de EE. UU.

Formulario N-600: Solicitud de Certificado de Ciudadanía

La solicitud oficial para obtener el certificado gubernamental que acredita la ciudadanía estadounidense adquirida a través de los padres.

¿Quién Necesita el Formulario N-600?

Debe presentar el Formulario N-600 si nació fuera de los Estados Unidos pero ya es legalmente ciudadano estadounidense por derivación o transmisión de sus padres. Los padres o los propios interesados presentan este formulario para solicitar ante USCIS el Certificado de Ciudadanía oficial.

Es fundamental entender que el Formulario N-600 no le otorga la ciudadanía; únicamente solicita el documento formal probatorio de un derecho que ya adquirió automáticamente por ley.

¿Cuándo Debe Presentarse el Formulario N-600?

Puede presentar el Formulario N-600 en cualquier momento después de cumplir con los requisitos legales de transmisión. Los padres pueden presentarlo en nombre de sus hijos menores de 18 años, y los adultos que adquirieron la ciudadanía en la infancia pueden tramitarlo por sí mismos a cualquier edad.

Bajo la Ley de Ciudadanía Infantil (Child Citizenship Act), un menor nacido en el extranjero adquiere automáticamente la nacionalidad si es menor de 18 años, tiene al menos un progenitor ciudadano estadounidense y reside en EE. UU. bajo su custodia legal y física como residente permanente.

¿Dónde se Presenta el Formulario N-600?

Puede presentar el Formulario N-600 directamente en línea creando una cuenta en el portal oficial de USCIS. La vía en línea agiliza el envío de partidas de nacimiento, declaraciones de impuestos y el pago de aranceles.

Si opta por enviarlo por correo postal físico, remita el expediente al centro Lockbox asignado para su estado de residencia.

Tarifas Oficiales y Plazos de Procesamiento

Tarifa Gubernamental: La emisión del certificado conlleva una tarifa administrativa elevada. Revise periódicamente la página oficial de uscis.gov/forms para verificar tarifas vigentes y excepciones (como miembros militares o menores adoptados bajo ciertas condiciones).

Plazos de Espera: El trámite suele tardar entre 5 y 12 meses, ya que USCIS examina exhaustivamente actas genealógicas, sentencias de custodia y pruebas de residencia física de los progenitores.

Errores Críticos a Evitar

  • Intentar Presentarlo Más de una Vez: USCIS solo permite presentar el Formulario N-600 una sola vez en toda la vida. Si su solicitud es rechazada por falta de pruebas, no puede volver a radicarla; deberá apelar o presentar una moción de reapertura.
  • Falta de Prueba de Custodia Legal: En casos de progenitores separados o divorciados, es imperativo adjuntar la sentencia judicial formal de divorcio que acredite que el progenitor ciudadano ostentaba la custodia legal del menor.
  • Confundirlo con Naturalización (N-400): No use el N-600 si desea naturalizarse. El N-600 es exclusivo para quienes ya son ciudadanos por derecho automático derivado de sus padres.

Qué Sucede Después de Presentar

USCIS enviará un aviso de recibo oficial. En muchos casos, los solicitantes son citados a una entrevista en la oficina local para verificar los documentos originales en persona.

Tras la aprobación final, se convocará al solicitante para prestar el Juramento de Lealtad (si aplica por edad) y recibir en mano el Certificado de Ciudadanía original impreso.

Preguntas Frecuentes (FAQ)

¿Cuál es la diferencia entre un pasaporte estadounidense y un Certificado de Ciudadanía?

El pasaporte de EE. UU. es expedido por el Departamento de Estado para viajar y sirve como comprobante de nacionalidad. El Certificado de Ciudadanía lo expide el USCIS y es un registro administrativo oficial, vitalicio y sin fecha de vencimiento que acredita su estatus ante cualquier entidad.

¿Es obligatorio tramitar el Formulario N-600 si ya tengo pasaporte de EE. UU.

No es obligatorio por ley, pero sí muy recomendable. Diversas agencias estatales, entidades financieras y puestos de trabajo en el gobierno exigen el Certificado de Ciudadanía para verificar la nacionalidad derivada, constituyendo una prueba permanente irrebatible.

¿Puede un hijo adoptado obtener un Certificado de Ciudadanía?

Sí. Los hijos adoptados por ciudadanos estadounidenses pueden beneficiarse de la Ley de Ciudadanía Infantil. Deberá presentar el Formulario N-600 con la sentencia judicial de adopción plena y prueba de custodia legal.

Recursos Oficiales

PORTAL OFICIAL USCIS →

Trámites Sin Cuota

La obtención del certificado de ciudadanía es un trámite individual independiente del Boletín de Visas.

TRÁMITES NO REGULADOS →